Verificación de obligatoriedad
Revisamos la dotación de tu empresa o faena para determinar si corresponde constituir el Comité Paritario.
Constitución, capacitación y funcionamiento conforme a la Ley 16.744 y al D.S. 44.
En Gestión Prevención SPA asesoramos a tu empresa en la constitución, capacitación y funcionamiento del Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS). Este organismo es una herramienta clave de participación de trabajadores y empleadores en la prevención de riesgos, y su correcto funcionamiento es una obligación legal con efectos directos en la seguridad y en el cumplimiento normativo.
El Comité Paritario es un organismo técnico de participación conjunta entre la empresa y los trabajadores, cuya misión es detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Está regulado por la Ley 16.744 y por el Decreto Supremo N°44 de 2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que derogó y reemplazó al antiguo D.S. N°54 de 1969 a partir del 1 de febrero de 2025.
Las decisiones que adopta el comité en el ejercicio de las atribuciones que le encomienda la Ley 16.744 son obligatorias tanto para la empresa como para los trabajadores.
Debe constituirse un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas. No existe impedimento legal para que, en empresas con menos trabajadores, el empleador y los trabajadores acuerden voluntariamente constituir el comité, en cuyo caso deben regirse por el D.S. 44.
El Comité Paritario está integrado por:
Los miembros del comité duran dos años en sus funciones y pueden ser reelegidos. La empresa debe facilitar las condiciones para que el comité sesione y cumpla con sus tareas.
Revisamos la dotación de tu empresa o faena para determinar si corresponde constituir el Comité Paritario.
Organizamos la elección de los representantes de los trabajadores y la designación de los del empleador.
Apoyamos el acta de constitución, la designación de cargos y el registro del comité ante el organismo administrador.
Capacitamos a los miembros y acompañamos las reuniones, investigaciones y planes de trabajo del comité.
El Comité Paritario funciona mejor cuando se articula con el resto de tu gestión en prevención. Lo complementamos con la capacitación obligatoria del curso D.S. 44, la implementación de un sistema de seguridad y salud ocupacional y el control de cumplimiento de empresas contratistas bajo la Ley 20.123. Revisa todos nuestros servicios o contáctanos para coordinar una asesoría.
Te acompañamos en la elección, constitución, capacitación y funcionamiento de tu Comité Paritario conforme a la Ley 16.744 y al D.S. 44.
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